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@jdelacueva
Created June 5, 2010 15:14
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Estructura Ley 15/2007
LEY 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
TÍTULO I
De la defensa de la competencia
CAPÍTULO I
De las conductas prohibidas
Artículo 1. Conductas colusorias.
Artículo 2. Abuso de posición dominante.
Artículo 3. Falseamiento de la libre competencia por actos desleales.
Artículo 4. Conductas exentas por ley.
Artículo 5. Conductas de menor importancia.
Artículo 6. Declaraciones de inaplicabilidad.
CAPÍTULO II
De las concentraciones económicas
Artículo 7. Definición de concentración económica.
Artículo 8. Ámbito de aplicación.
Artículo 9. Obligación de notificación y suspensión de la ejecución.
Artículo 10. Criterios de valoración sustantiva.
CAPÍTULO III
De las ayudas públicas
Artículo 11. Ayudas públicas.
TÍTULO II
Del esquema institucional para la aplicación de esta Ley
CAPÍTULO I
De los órganos competentes para la aplicación de esta Ley
Artículo 12. La Comisión Nacional de la Competencia.
Artículo 13. Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Artículo 14. El Consejo de Ministros.
CAPÍTULO II
Mecanismos de colaboración y cooperación
Artículo 15. Coordinación de la Comisión Nacional de la Competencia con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Artículo 16. Cooperación con los órganos jurisdiccionales.
Artículo 17. Coordinación con los reguladores sectoriales.
Artículo 18. Colaboración de la Comisión Nacional de la Competencia con Autoridades Nacionales de Competencia de otros Estados Miembros y la Comisión Europea.
TÍTULO III
De la Comisión Nacional de la Competencia
CAPÍTULO I
Disposiciones comunes
Sección 1.ª Naturaleza jurídica y régimen de funcionamiento de la Comisión Nacional de la Competencia
Artículo 19. Naturaleza y régimen jurídico.
Artículo 20. Composición de la Comisión Nacional de la Competencia.
Artículo 21. Personal de la Comisión Nacional de la Competencia.
Artículo 22. Recursos económicos de la Comisión Nacional de la Competencia.
Artículo 23. Tasa por análisis y estudio de las operaciones de concentración.
Sección 2.ª Funciones de la Comisión Nacional de la Competencia
Artículo 24. Funciones de instrucción, resolución y arbitraje.
Artículo 25. Competencias consultivas.
Artículo 26. Otras funciones de la Comisión Nacional de la Competencia.
Sección 3.ª Transparencia y responsabilidad social de la Comisión Nacional de la Competencia
Artículo 27. Publicidad de las actuaciones de la Comisión Nacional de la Competencia.
Artículo 28. Control parlamentario de la Comisión Nacional de la Competencia.
CAPÍTULO II
De los órganos de dirección de la Comisión Nacional de la Competencia
Sección 1.ª Disposiciones Comunes
Artículo 29. Nombramiento y mandato de los órganos directivos de la Comisión Nacional de la Competencia.
Artículo 30. Causas de cese en el ejercicio del cargo.
Artículo 31. Incompatibilidades.
Sección 2.ª Del Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia
Artículo 32. Funciones del Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia.
Sección 3.ª Del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia
Artículo 33. Composición y funcionamiento del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.
Artículo 34. Funciones del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.
Sección 4.ª De la Dirección de Investigación
Artículo 35. Estructura y funciones de la Dirección de Investigación.
TÍTULO IV
De los procedimientos
CAPÍTULO I
Disposiciones comunes
Sección 1.ª Plazos de los procedimientos
Artículo 36. Plazo máximo de los procedimientos.
Artículo 37. Supuestos de ampliación de los plazos y suspensión de su cómputo.
Artículo 38. Efectos del silencio administrativo.
Sección 2.ª Facultades de la Comisión Nacional de la Competencia
Artículo 39. Deberes de colaboración e información.
Artículo 40. Facultades de inspección.
Artículo 41. Vigilancia del cumplimiento de las obligaciones, resoluciones y acuerdos.
Sección 3.ª Principios generales del procedimiento
Artículo 42. Tratamiento de la información confidencial.
Artículo 43. Deber de secreto.
Artículo 44. Archivo de las actuaciones.
Artículo 45. Supletoriedad de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 46. Prejudicialidad del proceso penal.
Sección 4.ª De los recursos
Artículo 47. Recurso administrativo contra las resoluciones y actos dictados por la Dirección de Investigación.
Artículo 48. Recursos contra las resoluciones y actos dictados por el Presidente y por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.
CAPÍTULO II
Del procedimiento sancionador en materia de conductas prohibidas
Sección 1.ª De la instrucción del procedimiento
Artículo 49. Iniciación del procedimiento.
Artículo 50. Instrucción del expediente sancionador.
Sección 2.ª De la resolución del procedimiento sancionador
Artículo 51. Procedimiento de resolución ante el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.
Artículo 52. Terminación convencional.
Artículo 53. Resoluciones del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.
Sección 3.ª De las medidas cautelares
Artículo 54. Adopción de medidas cautelares.
CAPÍTULO III
Del procedimiento de control de concentraciones económicas
Sección 1.ª De la notificación
Artículo 55. Notificación de concentración económica.
Artículo 56. Formulario abreviado de notificación.
Sección 2.ª De la instrucción y resolución del procedimiento
Artículo 57. Instrucción y resolución en la primera fase.
Artículo 58. Instrucción y resolución en la segunda fase.
Artículo 59. Presentación de compromisos.
Artículo 60. Intervención del Consejo de Ministros.
TÍTULO V
Del régimen sancionador
Artículo 61. Sujetos infractores.
Artículo 62. Infracciones.
Artículo 63. Sanciones.
Artículo 64. Criterios para la determinación del importe de las sanciones.
Artículo 65. Exención del pago de la multa.
Artículo 66. Reducción del importe de la multa.
Artículo 67. Multas coercitivas.
Artículo 68. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
Artículo 69. Publicidad de las sanciones.
Artículo 70. Normativa aplicable y órganos competentes.
Disposición adicional primera. De los Juzgados de lo Mercantil.
Disposición adicional segunda. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Disposición adicional tercera. Comunicaciones de la Comisión Nacional de la Competencia.
Disposición adicional cuarta. Definiciones.
Disposición adicional quinta. Referencias a los órganos nacionales de competencia existentes en otras normas.
Disposición adicional sexta. Extinción del Tribunal de Defensa de la Competencia y del Servicio de Defensa de la Competencia.
Disposición adicional séptima. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Disposición adicional octava. Referencias a la Comisión Nacional de la Competencia y a sus órganos de dirección.
Disposición adicional novena. Asistencia jurídica a la Comisión Nacional de la Competencia.
Disposición adicional décima. Modificación de la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia.
Disposición adicional undécima. Modificación de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Disposición transitoria primera. Procedimientos iniciados formalmente.
Disposición transitoria segunda. Constitución de la Comisión Nacional de la Competencia.
Disposición derogatoria.
Disposición final primera. Títulos competenciales.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
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