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June 5, 2010 15:14
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Estructura Ley 15/2007
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LEY 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. | |
TÍTULO I | |
De la defensa de la competencia | |
CAPÍTULO I | |
De las conductas prohibidas | |
Artículo 1. Conductas colusorias. | |
Artículo 2. Abuso de posición dominante. | |
Artículo 3. Falseamiento de la libre competencia por actos desleales. | |
Artículo 4. Conductas exentas por ley. | |
Artículo 5. Conductas de menor importancia. | |
Artículo 6. Declaraciones de inaplicabilidad. | |
CAPÍTULO II | |
De las concentraciones económicas | |
Artículo 7. Definición de concentración económica. | |
Artículo 8. Ámbito de aplicación. | |
Artículo 9. Obligación de notificación y suspensión de la ejecución. | |
Artículo 10. Criterios de valoración sustantiva. | |
CAPÍTULO III | |
De las ayudas públicas | |
Artículo 11. Ayudas públicas. | |
TÍTULO II | |
Del esquema institucional para la aplicación de esta Ley | |
CAPÍTULO I | |
De los órganos competentes para la aplicación de esta Ley | |
Artículo 12. La Comisión Nacional de la Competencia. | |
Artículo 13. Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. | |
Artículo 14. El Consejo de Ministros. | |
CAPÍTULO II | |
Mecanismos de colaboración y cooperación | |
Artículo 15. Coordinación de la Comisión Nacional de la Competencia con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. | |
Artículo 16. Cooperación con los órganos jurisdiccionales. | |
Artículo 17. Coordinación con los reguladores sectoriales. | |
Artículo 18. Colaboración de la Comisión Nacional de la Competencia con Autoridades Nacionales de Competencia de otros Estados Miembros y la Comisión Europea. | |
TÍTULO III | |
De la Comisión Nacional de la Competencia | |
CAPÍTULO I | |
Disposiciones comunes | |
Sección 1.ª Naturaleza jurídica y régimen de funcionamiento de la Comisión Nacional de la Competencia | |
Artículo 19. Naturaleza y régimen jurídico. | |
Artículo 20. Composición de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Artículo 21. Personal de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Artículo 22. Recursos económicos de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Artículo 23. Tasa por análisis y estudio de las operaciones de concentración. | |
Sección 2.ª Funciones de la Comisión Nacional de la Competencia | |
Artículo 24. Funciones de instrucción, resolución y arbitraje. | |
Artículo 25. Competencias consultivas. | |
Artículo 26. Otras funciones de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Sección 3.ª Transparencia y responsabilidad social de la Comisión Nacional de la Competencia | |
Artículo 27. Publicidad de las actuaciones de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Artículo 28. Control parlamentario de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
CAPÍTULO II | |
De los órganos de dirección de la Comisión Nacional de la Competencia | |
Sección 1.ª Disposiciones Comunes | |
Artículo 29. Nombramiento y mandato de los órganos directivos de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Artículo 30. Causas de cese en el ejercicio del cargo. | |
Artículo 31. Incompatibilidades. | |
Sección 2.ª Del Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia | |
Artículo 32. Funciones del Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Sección 3.ª Del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia | |
Artículo 33. Composición y funcionamiento del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Artículo 34. Funciones del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Sección 4.ª De la Dirección de Investigación | |
Artículo 35. Estructura y funciones de la Dirección de Investigación. | |
TÍTULO IV | |
De los procedimientos | |
CAPÍTULO I | |
Disposiciones comunes | |
Sección 1.ª Plazos de los procedimientos | |
Artículo 36. Plazo máximo de los procedimientos. | |
Artículo 37. Supuestos de ampliación de los plazos y suspensión de su cómputo. | |
Artículo 38. Efectos del silencio administrativo. | |
Sección 2.ª Facultades de la Comisión Nacional de la Competencia | |
Artículo 39. Deberes de colaboración e información. | |
Artículo 40. Facultades de inspección. | |
Artículo 41. Vigilancia del cumplimiento de las obligaciones, resoluciones y acuerdos. | |
Sección 3.ª Principios generales del procedimiento | |
Artículo 42. Tratamiento de la información confidencial. | |
Artículo 43. Deber de secreto. | |
Artículo 44. Archivo de las actuaciones. | |
Artículo 45. Supletoriedad de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. | |
Artículo 46. Prejudicialidad del proceso penal. | |
Sección 4.ª De los recursos | |
Artículo 47. Recurso administrativo contra las resoluciones y actos dictados por la Dirección de Investigación. | |
Artículo 48. Recursos contra las resoluciones y actos dictados por el Presidente y por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
CAPÍTULO II | |
Del procedimiento sancionador en materia de conductas prohibidas | |
Sección 1.ª De la instrucción del procedimiento | |
Artículo 49. Iniciación del procedimiento. | |
Artículo 50. Instrucción del expediente sancionador. | |
Sección 2.ª De la resolución del procedimiento sancionador | |
Artículo 51. Procedimiento de resolución ante el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Artículo 52. Terminación convencional. | |
Artículo 53. Resoluciones del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Sección 3.ª De las medidas cautelares | |
Artículo 54. Adopción de medidas cautelares. | |
CAPÍTULO III | |
Del procedimiento de control de concentraciones económicas | |
Sección 1.ª De la notificación | |
Artículo 55. Notificación de concentración económica. | |
Artículo 56. Formulario abreviado de notificación. | |
Sección 2.ª De la instrucción y resolución del procedimiento | |
Artículo 57. Instrucción y resolución en la primera fase. | |
Artículo 58. Instrucción y resolución en la segunda fase. | |
Artículo 59. Presentación de compromisos. | |
Artículo 60. Intervención del Consejo de Ministros. | |
TÍTULO V | |
Del régimen sancionador | |
Artículo 61. Sujetos infractores. | |
Artículo 62. Infracciones. | |
Artículo 63. Sanciones. | |
Artículo 64. Criterios para la determinación del importe de las sanciones. | |
Artículo 65. Exención del pago de la multa. | |
Artículo 66. Reducción del importe de la multa. | |
Artículo 67. Multas coercitivas. | |
Artículo 68. Prescripción de las infracciones y de las sanciones. | |
Artículo 69. Publicidad de las sanciones. | |
Artículo 70. Normativa aplicable y órganos competentes. | |
Disposición adicional primera. De los Juzgados de lo Mercantil. | |
Disposición adicional segunda. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. | |
Disposición adicional tercera. Comunicaciones de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Disposición adicional cuarta. Definiciones. | |
Disposición adicional quinta. Referencias a los órganos nacionales de competencia existentes en otras normas. | |
Disposición adicional sexta. Extinción del Tribunal de Defensa de la Competencia y del Servicio de Defensa de la Competencia. | |
Disposición adicional séptima. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. | |
Disposición adicional octava. Referencias a la Comisión Nacional de la Competencia y a sus órganos de dirección. | |
Disposición adicional novena. Asistencia jurídica a la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Disposición adicional décima. Modificación de la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia. | |
Disposición adicional undécima. Modificación de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. | |
Disposición transitoria primera. Procedimientos iniciados formalmente. | |
Disposición transitoria segunda. Constitución de la Comisión Nacional de la Competencia. | |
Disposición derogatoria. | |
Disposición final primera. Títulos competenciales. | |
Disposición final segunda. Habilitación normativa. | |
Disposición final tercera. Entrada en vigor. |
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